Facturación falsa en 2026: nuevas sanciones y cómo probar la materialidad de las operaciones
- Roberto R.

- 21 ene
- 3 Min. de lectura
Riesgos penales, administrativos y defensa preventiva ante la fiscalización total del SAT

La facturación falsa se consolida en 2026 como uno de los principales focos de fiscalización y persecución penal por parte del Servicio de Administración Tributaria, derivado del fortalecimiento del artículo 69-B del CFF, la integración de auditorías predictivas y el cruce masivo de información financiera, digital y operativa.
Hoy, no basta con tener CFDI válidos: el SAT exige prueba plena de materialidad. La ausencia de esta prueba puede derivar no solo en multas, sino en delitos fiscales equiparados a delincuencia organizada.
¿Qué se considera facturación falsa en 2026?
En términos prácticos, el SAT considera facturación falsa cuando:
Se emiten o utilizan CFDI por operaciones que no existieron.
La operación no puede demostrarse materialmente, aunque haya CFDI y pagos bancarios.
El proveedor no tiene capacidad operativa real (personal, activos, infraestructura).
Se simulan servicios, asesorías, arrendamientos o subcontrataciones.
En 2026, la factura es solo el punto de partida, no la prueba.
Cómo detecta el SAT la facturación falsa hoy
El SAT cruza automáticamente:
CFDI emitidos y recibidos
Estados de cuenta bancarios
Reportes de plataformas digitales
IMSS (nómina, personal, capacidad operativa)
Comercio exterior (pedimentos vs ventas)
Declaraciones mensuales y anuales
Información de terceros (proveedores y clientes)
Esto permite detectar empresas fachada, operaciones circulares y proveedores sin sustancia económica en cuestión de días.
Nuevas sanciones en 2026
1. Sanciones administrativas
Multas del 55% al 75% del monto del CFDI.
Rechazo total de deducciones y acreditamientos de IVA.
Determinación de créditos fiscales con recargos y actualización.
Cancelación o restricción inmediata del Certificado de Sello Digital (CSD).
Suspensión del padrón de importadores (si aplica).
2. Sanciones penales (CFF actualizado)
Conforme a los artículos 108, 113-Bis y 113-Ter del CFF:
Prisión de 3 a 9 años por uso o expedición de CFDI falsos.
Se considera delito equiparado a delincuencia organizada cuando el monto supera $8 millones de pesos.
Responsabilidad penal directa para:
Administradores
Representantes legales
Socios que autoricen u ordenen la operación
En 2026, el SAT presenta querellas con mayor rapidez, incluso antes de concluir auditorías largas.
El riesgo del artículo 69-B CFF
Cuando un proveedor es listado como EFOS (Empresa que Factura Operaciones Simuladas):
El SAT presume que todas sus facturas son inexistentes.
El contribuyente tiene 30 días para probar materialidad.
Si no se acredita, se:
Cancelan deducciones
Ajustan impuestos
Imponen multas
Puede iniciar acción penal
La carga de la prueba recae totalmente en el contribuyente.
¿Qué es la materialidad fiscal en 2026?
La materialidad es la capacidad real de demostrar que la operación ocurrió, con sustancia económica y lógica de negocio.
Elementos mínimos que hoy exige el SAT:
Contrato
Con objeto claro, fechas, alcance y contraprestación.
CFDI correcto
Régimen, actividad y concepto congruentes.
Pago bancarizado
Transferencia rastreable, sin circularidad.
Evidencia operativa
Entregables
Reportes
Correos
Fotografías
Bitácoras
Registros de acceso
Resultados medibles
Capacidad del proveedor
Personal
Activos
Infraestructura
Nómina
Experiencia técnica
Si el proveedor no podía hacer el trabajo, la operación se presume falsa.
Operaciones más cuestionadas por el SAT
En 2026, las más riesgosas son:
Servicios profesionales “genéricos”
Asesorías fiscales, legales o administrativas sin entregables
Marketing digital y publicidad sin métricas
Arrendamientos sin uso comprobable
Subcontrataciones encubiertas
Servicios recurrentes con el mismo proveedor sin variación
Defensa preventiva: cómo protegerse en 2026
1. Auditoría interna de proveedores
Verificar:
Capacidad operativa
Estatus fiscal
Historial de cumplimiento
2. Expediente de materialidad por proveedor
No esperar a la auditoría. Tenerlo antes.
3. Evitar proveedores de “papel”
Si el precio es irreal o el proveedor no existe físicamente → riesgo alto.
4. Documentar el “para qué” del gasto
La lógica de negocio es clave para la defensa.
5. Defensa temprana ante cartas invitación
Corregir o aclarar antes de que se convierta en auditoría formal.
Conclusión
En 2026, la facturación falsa ya no se combate solo con multas, sino con sanciones penales reales y fiscalización tecnológica avanzada.
La estrategia correcta no es “facturar bien”, sino:
Poder probar que la operación existió, tuvo sentido económico y fue ejecutada por quien tenía capacidad real.
La materialidad fiscal es hoy el principal escudo frente al SAT. Quien la ignore, enfrenta riesgos financieros, operativos y personales.
Por el equipo editorial de Contadores Siglo XXI
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