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Facturación falsa en 2026: nuevas sanciones y cómo probar la materialidad de las operaciones

  • Foto del escritor: Roberto R.
    Roberto R.
  • 21 ene
  • 3 Min. de lectura

Riesgos penales, administrativos y defensa preventiva ante la fiscalización total del SAT



La facturación falsa se consolida en 2026 como uno de los principales focos de fiscalización y persecución penal por parte del Servicio de Administración Tributaria, derivado del fortalecimiento del artículo 69-B del CFF, la integración de auditorías predictivas y el cruce masivo de información financiera, digital y operativa.

Hoy, no basta con tener CFDI válidos: el SAT exige prueba plena de materialidad. La ausencia de esta prueba puede derivar no solo en multas, sino en delitos fiscales equiparados a delincuencia organizada.

¿Qué se considera facturación falsa en 2026?

En términos prácticos, el SAT considera facturación falsa cuando:

  • Se emiten o utilizan CFDI por operaciones que no existieron.

  • La operación no puede demostrarse materialmente, aunque haya CFDI y pagos bancarios.

  • El proveedor no tiene capacidad operativa real (personal, activos, infraestructura).

  • Se simulan servicios, asesorías, arrendamientos o subcontrataciones.

En 2026, la factura es solo el punto de partida, no la prueba.

Cómo detecta el SAT la facturación falsa hoy

El SAT cruza automáticamente:

  • CFDI emitidos y recibidos

  • Estados de cuenta bancarios

  • Reportes de plataformas digitales

  • IMSS (nómina, personal, capacidad operativa)

  • Comercio exterior (pedimentos vs ventas)

  • Declaraciones mensuales y anuales

  • Información de terceros (proveedores y clientes)

Esto permite detectar empresas fachada, operaciones circulares y proveedores sin sustancia económica en cuestión de días.

Nuevas sanciones en 2026

1. Sanciones administrativas

  • Multas del 55% al 75% del monto del CFDI.

  • Rechazo total de deducciones y acreditamientos de IVA.

  • Determinación de créditos fiscales con recargos y actualización.

  • Cancelación o restricción inmediata del Certificado de Sello Digital (CSD).

  • Suspensión del padrón de importadores (si aplica).

2. Sanciones penales (CFF actualizado)

Conforme a los artículos 108, 113-Bis y 113-Ter del CFF:

  • Prisión de 3 a 9 años por uso o expedición de CFDI falsos.

  • Se considera delito equiparado a delincuencia organizada cuando el monto supera $8 millones de pesos.

  • Responsabilidad penal directa para:

    • Administradores

    • Representantes legales

    • Socios que autoricen u ordenen la operación

En 2026, el SAT presenta querellas con mayor rapidez, incluso antes de concluir auditorías largas.

El riesgo del artículo 69-B CFF

Cuando un proveedor es listado como EFOS (Empresa que Factura Operaciones Simuladas):

  1. El SAT presume que todas sus facturas son inexistentes.

  2. El contribuyente tiene 30 días para probar materialidad.

  3. Si no se acredita, se:

    • Cancelan deducciones

    • Ajustan impuestos

    • Imponen multas

    • Puede iniciar acción penal

La carga de la prueba recae totalmente en el contribuyente.

¿Qué es la materialidad fiscal en 2026?

La materialidad es la capacidad real de demostrar que la operación ocurrió, con sustancia económica y lógica de negocio.

Elementos mínimos que hoy exige el SAT:

  1. Contrato

    • Con objeto claro, fechas, alcance y contraprestación.

  2. CFDI correcto

    • Régimen, actividad y concepto congruentes.

  3. Pago bancarizado

    • Transferencia rastreable, sin circularidad.

  4. Evidencia operativa

    • Entregables

    • Reportes

    • Correos

    • Fotografías

    • Bitácoras

    • Registros de acceso

    • Resultados medibles

  5. Capacidad del proveedor

    • Personal

    • Activos

    • Infraestructura

    • Nómina

    • Experiencia técnica

Si el proveedor no podía hacer el trabajo, la operación se presume falsa.

Operaciones más cuestionadas por el SAT

En 2026, las más riesgosas son:

  • Servicios profesionales “genéricos”

  • Asesorías fiscales, legales o administrativas sin entregables

  • Marketing digital y publicidad sin métricas

  • Arrendamientos sin uso comprobable

  • Subcontrataciones encubiertas

  • Servicios recurrentes con el mismo proveedor sin variación

Defensa preventiva: cómo protegerse en 2026

1. Auditoría interna de proveedores

Verificar:

  • Capacidad operativa

  • Estatus fiscal

  • Historial de cumplimiento

2. Expediente de materialidad por proveedor

No esperar a la auditoría. Tenerlo antes.

3. Evitar proveedores de “papel”

Si el precio es irreal o el proveedor no existe físicamente → riesgo alto.

4. Documentar el “para qué” del gasto

La lógica de negocio es clave para la defensa.

5. Defensa temprana ante cartas invitación

Corregir o aclarar antes de que se convierta en auditoría formal.

Conclusión

En 2026, la facturación falsa ya no se combate solo con multas, sino con sanciones penales reales y fiscalización tecnológica avanzada.

La estrategia correcta no es “facturar bien”, sino:

Poder probar que la operación existió, tuvo sentido económico y fue ejecutada por quien tenía capacidad real.

La materialidad fiscal es hoy el principal escudo frente al SAT. Quien la ignore, enfrenta riesgos financieros, operativos y personales.

Por el equipo editorial de Contadores Siglo XXI


 
 
 

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