Teletrabajo y Obligaciones Fiscales del Patrón: ¿Estás Cumpliendo?
- Roberto R.

- 28 jul
- 3 Min. de lectura
El teletrabajo o “home office” ya no es una opción exclusiva de empresas tecnológicas o momentos de emergencia. Desde las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en 2021, el trabajo a distancia en México tiene un marco legal claro, con obligaciones específicas para los patrones, tanto laborales como fiscales.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el teletrabajo?
La reforma al artículo 330-A al 330-K de la LFT define el teletrabajo como una modalidad laboral que:
Se realiza más del 40% del tiempo fuera del centro de trabajo.
Se apoya en tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
Debe estar expresamente pactado en el contrato.
Obligaciones clave para el patrón:
Incluir cláusulas especiales en el contrato laboral
Horarios.
Reglas de supervisión.
Duración del teletrabajo.
Medios tecnológicos asignados.
Proveer herramientas y pago de gastos
Computadora, internet, electricidad proporcional.
Medios para asegurar la seguridad y salud en el trabajo.
Registro ante la STPS
De los trabajadores en modalidad de teletrabajo.
Cumplir con Normas Oficiales Mexicanas (NOM)
Particularmente la NOM-037-STPS-2023, que entra en vigor en diciembre de 2024.
Regula condiciones seguras, evaluaciones del espacio y pausas activas.
Obligaciones fiscales y de seguridad social
El teletrabajo también implica implicaciones fiscales y administrativas:
1. Gastos deducibles
Los reembolsos de internet, electricidad y otros consumos pueden considerarse deducciones para el patrón si están debidamente documentados (comprobados con CFDI y políticas internas claras).
2. Provisión de activos
Si entregas equipo de cómputo o mobiliario, deberás:
Controlarlo como activo fijo (depreciación).
Tener acuerdos de resguardo y entrega de inventario.
3. Cuotas IMSS e INFONAVIT
No cambian, pero es importante declarar el domicilio del teletrabajador correctamente como parte del entorno laboral.
El patrón sigue siendo responsable del entorno de trabajo, aun cuando sea el hogar.
4. ISR en especie
Si el patrón paga directamente servicios personales (como el internet del trabajador), puede considerarse una prestación en especie y tener implicaciones en el ISR del trabajador si no está regulado adecuadamente.
¿Qué pasa si no cumples?
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puede imponer multas que van de los 250 a 5,000 UMA, es decir:
Desde $27,000 hasta $540,000 pesos aprox. (valor 2025).
Por no proporcionar condiciones de seguridad y salud.
Por no formalizar los contratos adecuados o no inscribir en el registro.
Además, el IMSS podría desconocer accidentes laborales ocurridos en casa, si el empleador no puede demostrar que cumplía con sus obligaciones.
Recomendaciones para cumplir
Revisa todos tus contratos laborales y convenios
Asegúrate de tener una cláusula de teletrabajo válida.
Establece una política interna clara
Regula gastos, horarios, equipo, seguridad y evaluaciones.
Documenta todo
Resguardos, recibos, CFDIs, comprobantes de pago.
Evalúa el entorno de trabajo del colaborador
Con herramientas internas o servicios externos especializados.
Capacita a tu área de nómina y fiscal
Sobre implicaciones de ISR, deducciones y prestaciones.
Conclusión
El teletrabajo puede ser una gran ventaja para retener talento, reducir costos y aumentar la productividad. Sin embargo, también impone nuevas obligaciones que no pueden tomarse a la ligera. Ignorar la ley puede traer multas significativas, problemas fiscales y laborales.
¿Quieres una revisión de tu esquema de teletrabajo o necesitas ayuda para elaborar los contratos y políticas adecuadas? En Contadores Siglo XXI te apoyamos para cumplir y aprovechar esta nueva modalidad laboral.
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